Recibimos muchas preguntas sobre casos de inmigración basados en la familia y el matrimonio. Algunas personas no quieren contratar a un abogado para que les ayude y, a veces, esto puede ser un error con consecuencias duraderas. Cada caso es diferente. Y en nuestra opinión, no existe un caso “fácil” cuando se trata del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). Si usted planea interponer su propio caso, aquí le presentamos algunos de los errores más comunes que vemos:
- El envío incorrecto para el pago de las tarifas
Si lo hace, su solicitud será rechazada. Tenga cuidado si tiene hijos menores de 14 años, o personas mayores de 79, ya que sus tarifas pueden ser diferentes. El USCIS tiene una calculadora que puede ayudarle a determinar las tarifas correcta: https://www.uscis.gov/feecalculator
- No enviar los formatos correctos de documentos, como certificados de nacimiento o de defunción y/o certificados de matrimonio o divorcio.
El USCIS es muy específico en cuanto al formato de los certificados de nacimiento, defunción, matrimonio y divorcio que aceptan (por país). Si envía el formato incorrecto, o sin una traducción (si no está en inglés), le enviarán una solicitud de más pruebas. Recuerda que esto incluye documentos de matrimonios/divorcios que hayan tenido lugar en cualquier parte del mundo, no sólo en EE. UU. Puedes comprobar qué documentos acepta USCIS a través de:
- No cambiar su dirección de residencia con el USCIS si se ha mudado.
El USCIS le enviará los avisos y las aprobaciones a la dirección que tiene registrada para usted. Si se muda después de presentar su caso, y antes de que sea aprobado, debe cambiar su dirección lo antes posible. Para la mayoría de los casos, puede presentar un cambio de dirección en línea a través de: https://www.uscis.gov/ar-11
- No diligenciar el nombre completo o correcto en las solicitudes.
Con la Ley de Identificación Real, si sus documentos de inmigración no coinciden con su certificado de nacimiento y/o pasaporte, puede tener problemas más adelante con la administración de la seguridad social, y/o con la oficina de su licencia de conducción.
- Tergiversar u omitir información porque no la considera importante o porque cree que no es buena para su caso.
Los formularios del servicio de inmigración son exhaustivos. Si no diligencia la información que se le pide, su solicitud puede ser retrasada o denegada por información incompleta. Mentir a un funcionario de inmigración es motivo de denegación de la solicitud.
- No presentar copias certificadas de los registros de detención o de los documentos judiciales.
Todas las solicitudes de inmigración pasarán por controles de seguridad y se someterán a una revisión de las huellas dactilares. Todos y cada uno de los arrestos serán encontrados por el servicio de inmigración, por lo que no revelar estos asuntos o no proporcionar los documentos necesarios puede dar lugar a retrasos, o denegaciones.
- Firmar los formularios electrónicamente, o no firmarlos.
El servicio de inmigración exige firmas de tinta húmeda, aunque aceptan una copia escaneada de la firma. Sin embargo, no aceptan firmas producidas electrónicamente. Y también debes acordarte de poner la fecha a tus formularios, o serán rechazados.
- No presentarse a la cita para tomar las huellas dactilares.
Si se le ha programado una cita para tomar las huellas dactilares para su solicitud, y no acude, su solicitud podría ser denegada por abandono. Si no puede asistir a su cita, es importante que pueda pedir que se reprograme su cita lo antes posible.
- No presentar la información adicional solicitada cuando se le pide que lo haga
Si no responde correctamente a estas peticiones, es probable que su solicitud sea denegada.
- No presentar una declaración jurada de apoyo que no satisfaga el requisito de ingresos mínimos.
Si la documentación de su declaración jurada de apoyo es insuficiente y no tiene un patrocinador conjunto, su solicitud será denegada. Puedes consultar las pautas de pobreza en el sitio web de inmigración para ver cuáles son los requisitos en función del tamaño de la familia: https://www.uscis.gov/i-864p
Si tiene preguntas sobre su caso de inmigración basado en la familia o el matrimonio, llámenos. Tenemos amplia experiencia en ayudar a la reunificación familiar y a las nuevas parejas que comienzan su vida en común; con la certeza de que sus solicitudes de inmigración se presentan de forma correcta. Incluso, si usted ha estado casado por un tiempo, pero no ha comenzado el proceso, ¡podemos ayudar!